jueves, 26 de noviembre de 2009

Choferes que manejen ebrios irán a la cárcel

Congreso. Cumplirán pena de hasta 8 años de prisión efectiva. Sanción será efectiva cuando alcohol supere los 0.5 gramos por litro de sangre. Quienes se resistan a la autoridad tendrán 4 años de cárcel.
Mano dura para los conductores ebrios. Hasta ocho años de prisión efectiva y la inhabilitación para conducir de por vida son las penas que deberán cumplir los irresponsables que conduzcan ebrios o drogados. Mientras que los que conduzcan en este estado, aún sin provocar accidentes serán sancionados con seis meses a dos años de cárcel. Así quedó establecido ayer por el Congreso de la República a través de una ley que fue publicada en el diario El Peruano.
Allí se detalla la modificatoria de los artículos del Código Penal y de los Códigos Procesales Penales que refieren a la conducción en estado de ebriedad o bajo efectos de alguna droga.
Alcohol en la sangre
Además, la norma establece que la sanción se aplicará cuando la presencia de alcohol en la sangre supere los 0.5 gramos por litro en el caso de transporte particular, o mayor de 0.25 gramos en caso de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general.
En caso de que el chofer se encuentre implicado en un accidente de tránsito con lesiones o muerte y huya del lugar para eludir a la autoridad y ser identificado, recibirá una sanción no menor de seis meses ni mayor de cuatro años.
La ley precisa también que los conductores que se resistan a la autoridad o a la orden de realizarse un análisis de sangre o de otros fluidos corporales para determinar el nivel, porcentaje o ingesta de alcohol o drogas de cualquier naturaleza serán sancionados con pena privativa de la libertad no menor de 6 meses ni mayor de 4 años.
Reducción de pena
Asimismo, dentro de 30 días, contados a partir de la publicación de la ley, el Poder Ejecutivo adecuará el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito a las modificaciones efectuadas a la normatividad penal.
Por otro lado, la ley también explica que podrán reducirse las penas cuando el responsable del accidente tenga entre 18 y 21 años de edad o más de 65 años, salvo que haya incurrido en forma reiterada en este delito.
Datos
Fijaron límite. En octubre el Congreso aprobó el proyecto de ley que fija en 0.25 gramos por litro el máximo de alcohol en la sangre.
Pena. Fijó, además, una pena no menor de uno ni mayor de tres años en caso superen este límite.

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